La ley de la segunda oportunidad dentro del marco de la nueva ley concursal permite cancelar deudas con Hacienda y TGSS hasta un máximo de 10.000 euros cada una.
Como ya conocemos, la ley de segunda oportunidad permite al deudor obtener la cancelación de todas sus deudas y recuperarse financieramente empezando de cero.
Dentro de este procedimiento, también pueden cancelarse las deudas con Hacienda y Seguridad Social.
Además de conseguir la cancelación de los préstamos personales, tarjetas de crédito, etc, esta ley permite la exoneración definitiva del crédito público, lo hace hasta un cierto importe en relación con algunas deudas públicas y sólo para la primera exoneración que obtenga la misma persona física.
El importe se fija en la cantidad de 10.000 € para las deudas tributarias cuya gestión recaudatoria corresponda a la AEAT, otros 10.000 € para las deudas tributarias con las Haciendas Forales y otros 10.000 € para las deudas de la TGSS.
El objetivo al iniciar este procedimiento es la tranquilidad económica, en la que el deudor puede empezar una nueva etapa sin recibir llamadas de los acreedores y verse por fin excluido de los ficheros de morosidad en los que éstos le han incluido.
Recordemos los requisitos que deben cumplirse para poder iniciar este
mecanismo:
- Que las deudas no superen los 5 millones de euros
- Actuar de buena fe
- Tener más de un acreedor
- No tener condenas por delitos económicos o de falsedad documental en
los diez años previos a la presentación - No ser declarado culpable en el concurso
- No haber recibido el beneficio de la Segunda Oportunidad en los últimos diez años anteriores a la solicitud.
- Si eres autónomo o persona física y cumples con estos requisitos, puedes iniciar la tramitación del mecanismo de segunda oportunidad y ver resueltos tus problemas financieros